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Carta del Presidente: El Banco Rioja administra al 31 de Julio activos por $2.240 millones

En mi carácter de presidente del directorio del NUEVO BANCO DE LA RIOJA me dirijo a la opinión pública para DENUNCIAR la toma de la cual está siendo objeto la referida entidad.
 
EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA BAJO LA CONDUCCION DEL DR. LUIS BEDER HERRERA pretende apropiarse por efecto de una ley dictada por la Cámara de Diputados local con la disidencia del bloque opositor, de la totalidad de las acciones de propiedad privada que representan el 70% del capital social del NUEVO BANCO DE LA RIOJA S.A.
 
Es así que la cámara de diputados de la provincia dictó la ley de expropiación que es de conocimiento público.
 
Es histórica la pretensión de control por parte del gobierno provincial sobre la entidad.
 
Reseña de acontecimientos:
 
En el año 1991 el ex BANCO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA sufrió su primera gran insolvencia, siendo el Banco de la Nación Argentina la entidad que tomó la administración de su residual. Todo ello como consecuencia de la magnitud de su cartera irrecuperable.Nuevamente en 1999, el ahora Nuevo Banco de La Rioja S.A. sufrió su segunda quiebra en menos de diez años. Una vez más con cuantiosas pérdidas derivadas de su cartera de créditos incobrables.
 
Estos dos hechos generaron enormes pérdidas irrecuperables para el erario público.
 
Intervenido que fue el Nuevo Banco de La Rioja S.A. durante un lapso mayor al año por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA), finalmente y luego de ser reprivatizado por licitación pública, el 70% de las acciones fueron adjudicadas al Banco de Santiago del Estero S.A. (BSE), quedando el 30% restante en poder del Estado Provincial.
 
El 20 de diciembre del año 2000 asumimos la dirección, administración y operación de la entidad. Durante estos casi quince años, fuimos acompañados en la gestión por dos directores y un síndico representantes del Estado Provincial, desempeñándose uno de esos directores como vicepresidente de la entidad.
 
El gobierno provincial ha suscripto y rubricado sin observaciones todos y cada uno de los balances presentados al Banco Central de La República Argentina, desde ese año hasta el 2014 incluido (este último en asamblea ordinaria celebrada durante el mes de abril de 2015).
 
El NUEVO BANCO DE LA RIOJA S.A. administra al 31 de Julio de 2015 activos por  $ 2.240.000.000 (dos mil doscientos cuarenta millones de pesos).
 
La entidad es periódicamente calificada por el BCRA mediante el sistema CAMELBIG, contando a la fecha con una nota que puede ser considerada óptima para el sistema financiero argentino.
 
Ante los acontecimientos de dominio público y de la sanción de la ley de expropiación, se solicitó al presidente del BCRA, Dr. Alejandro Vanoli, la  presencia de un veedor en la entidad.
 
En comunicación telefónica con el vicepresidente del BCRA, Licenciado Miguel Angel Pesce, le consulté sobre una presentación que había hecho con fecha 11 de Agosto la provincia de La Rioja.
 
En esa oportunidad le manifesté ante su desconocimiento de los hechos ocurridos en sede judicial, que el NBLR había comparecido ante la justicia local interponiendo en tiempo y forma un anuncio de casación contra la medida autosatisfactiva obtenida por el gobierno.
 
La medida autosatisfactiva fue dispuesta judicialmente a solicitud del gobierno de la provincia, como parte esencial de su esquema de alzarse de inmediato con el control de la entidad.
 
La presentación del NBLR ante el Tribunal que dictó la medida autosatisfactiva fue realizada antes que la misma obtuviera firmeza, por lo que este decisorio NO SE ENCUENTRA NI FIRME NI CONSENTIDO, y el gobierno provincial no puede prevalerse de dicha medida antes de su firmeza.
 
La casación como recurso legal impide en la jurisdicción local que la medida autosatisfactiva tenga efecto alguno respecto del NBLR.
 
De lo contrario, la ley de expropiación, cuya finalidad es proteger a los propietarios del despojo y la usurpación mediante el uso de articulaciones o vericuetos judiciales, resulta en este caso violada con el dictado de una antijurídica medida autosatisfactiva que ni siquiera está firme ni pasó en autoridad de cosa juzgada.
 
La medida autosatisfactiva como toda decisión jurisdiccional tiene un plazo para su firmeza, la cual no puede obtenerse antes de transcurridas veinticuatro horas de haber sido notificada, mucho menos si ya hemos efectuado el anuncio de la casación. Por lo tanto, NINGUNA FIRMEZA TIENE LA MEDIDA AUTOSATISFACTIVA DICTADA A FAVOR DEL GOBIERNO, NI SON VALIDAS DECISIONES O ACTOS FUNDADOS EN DICHA MEDIDA, LA QUE HASTA LA FECHA NO ESTA NI FIRME NI CONSENTIDA.
 
Finalmente el BCRA, ha sido informado por el NUEVO BANCO DE LA RIOJA S.A. y por el suscripto de todo lo actuado al respecto, conforme lo expuesto precedentemente.
 
 
 
 JORGE RODOLFO GONZALEZ
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL NUEVO BANCO DE LA RIOJA S.A.

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